En este breve instructivo, aprende a utilizar el portal de la SII para emitir tu Boleta de Honorarios en unos pocos pasos.
Cuando hablamos de un trabajador independiente nos referimos a todos aquellos profesionales y personas que realizan actividades lucrativas de manera autónoma, es decir, sin estar bajo un contrato de trabajo en relación de dependencia con una empresa u organización.
Tanto si ofreces productos o servicios a otras personas o entidades, debes generar una boleta de honorarios para formalizar tus ingresos.
Una boleta de honorarios electrónica (BHE) es un documento que emite un contribuyente al momento de iniciar actividades de segunda categoría como profesionales en Chile.
Estos casos tienen la obligación de otorgar boletas de honorarios por los servicios que generen por su actividad.
Paso a paso para emitir una boleta de honorarios electrónica:
Y deberás seguir la siguiente secuencia de selección:
Emisor de Boletas Electrónicas > Emitir Boleta de Honorarios Electrónicas.
Si eres contribuyente de segunda categoría, que prestas servicios con Boletas de Honorarios, debes seleccionar:
“Por Contribuyente” o “Por contribuyente con datos usados anteriormente” si es que quieres usar los datos de un documento que generaste antes.
a) El receptor de la boleta será el encargado de retener el impuesto de segunda categoría.
El impuesto lo retiene quien recibe la boleta de honorarios electrónica, el cual es declarado y pagado por medio del Formulario N°29 que corresponde a la empresa. Esta modalidad suele simplificar al contribuyente el pago provisional mensual.
b) El contribuyente emisor de la boleta será el encargado de retener el impuesto de segunda categoría.
En este caso, el encargado de retener es quien emite la boleta de honorarios, así como también debe declarar y pagar el impuesto por medio del F29.
La retención de boletas de honorarios es una práctica que se aplica a los trabajadores independientes para cubrir impuestos y otros gastos relacionados con la prestación de servicios. Estas se realizan de forma mensual en cada boleta emitida y anualmente en el proceso de renta.
Para entenderlo mejor, el Estado retiene parte de los ingresos de los empleados a honorarios para asegurarse que cumplan con sus obligaciones fiscales, como por ejemplo, ahorrar para su jubilación.
En enero del 2020 entró en vigencia la Ley Nº21.113, la cual integró a los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios a los regímenes de protección social, otorgándoles los siguientes beneficios:
Sin embargo, para hacerla efectiva se necesitan recursos económicos, por ello se estableció un aumento progresivo del porcentaje de retención de boletas de honorarios no pagada, cuya recaudación irá destinada a las instituciones encargadas de la seguridad social (AFP, Fonasa, Isapre, ISL, entre otros).
Esta gradualidad está dada por el cuadro que verán a continuación, en donde podrán evidenciar el incremento de cada año hasta alcanzar el 17% en 2028.
Esta nota tiene como objetivo ser un primer acercamiento a la emisión de boletas de honorarios. Un pantallazo amigable y de fácil comprensión. No obstante, ante cualquier duda recomendamos consultar con un contador o un profesional de confianza.
Fuentes:
https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/boleta_honorario_electr/faqs_boleta_honorario_electr.htm
https://www.sii.cl/servicios_online/guia-paso_paso-bhe_con_datos_del_receptor.pdf